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Si tienes o quieres crear una empresa en Andorra, entender el impuesto de sociedades es esencial. El sistema fiscal andorrano es competitivo y transparente, con un tipo general del 10% y varias bonificaciones que pueden reducir significativamente tu carga fiscal. En este artículo, descubrirás cómo funciona, las ventajas que ofrece y qué estrategias legales puedes aplicar para optimizar la fiscalidad de tu empresa.

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¿Qué es el impuesto de sociedades en Andorra?

El impuesto de sociedades grava los beneficios netos de las empresas residentes fiscales en el Principado. Es clave para la sostenibilidad económica y para garantizar la competitividad empresarial.

Está regulado por la Ley 95/2010, con modificaciones que adaptan las condiciones según el mercado y las necesidades de los contribuyentes. Andorra destaca por su simplicidad y seguridad jurídica, lo que la hace atractiva para emprendedores locales e internacionales.

¿Cuál es el tipo impositivo aplicable?

El tipo general es del 10% sobre los beneficios netos, con posibilidad de reducir la cuota efectiva:

  • Cuota efectiva mínima del 2% para empresas con inversión especial o actividad internacional.
  • Exenciones temporales para sociedades de nueva creación.
  • Beneficios por innovación e I+D, que permiten deducir gastos de desarrollo tecnológico.

“Con un tipo general del 10% y reducciones hasta el 2%, Andorra es uno de los entornos fiscales más competitivos de Europa para hacer crecer tu empresa.”

Ejemplo práctico:

Una empresa con un beneficio neto de 100.000 € tendría un impuesto de 10.000 €. Aplicando deducciones, la cuota podría bajar hasta 2.000 €, aumentando la liquidez para invertir en crecimiento.

¿Quién debe pagar el impuesto de sociedades?

  • Sociedades residentes (SL, SA, cooperativas, etc.) con actividad económica en Andorra.
  • Establecimientos permanentes de sociedades extranjeras en el Principado.

Las empresas con actividades en el extranjero deben tener en cuenta la residencia fiscal y los convenios internacionales para evitar la doble imposición. Para ello, puedes consultar nuestro servicio de asesoría fiscal.

¿Cuándo y cómo se presenta?

  • Ejercicio fiscal: año natural (1 de enero – 31 de diciembre).
  • Pago fraccionado: 50% de la cuota del año anterior en septiembre.
  • Declaración y liquidación final: entre el 1 y el 30 de septiembre del año siguiente.

Para simplificar el proceso, nuestro servicio de gestión administrativa acompaña toda la tramitación.

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Ventajas de tributar en Andorra

  • Tipo impositivo competitivo y claro.
  • Estabilidad y seguridad jurídica con leyes modernas.
  • Convenios de doble imposición con España, Francia y Portugal.
  • Gestión administrativa sencilla y eficaz.
  • Calidad de vida y costes operativos reducidos, facilitando la fidelización de talento.

Estrategias legales para reducir la carga fiscal

  • Reinversión de beneficios en I+D o expansión empresarial.
  • Bonificaciones sectoriales según la actividad.
  • Planificación de dividendos y salarios según la normativa.

Cobertura internacional y convenios

  • Convenios con España, Francia y Portugal evitan la doble imposición.
  • Permite sumar periodos fiscales en diferentes países y evitar duplicación de impuestos.
  • Facilita operaciones de negocios transfronterizos.

Conclusiones

El impuesto de sociedades en Andorra es una herramienta fiscal competitiva con un tipo general del 10% y deducciones que pueden reducirlo hasta el 2%. La combinación de seguridad jurídica, ventajas fiscales y convenios internacionales hace que Andorra sea ideal para establecer y hacer crecer una empresa. Para constitución, gestión contable y planificación fiscal, en Bon Consell te acompañamos en todo el proceso.

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