¿Qué es el impuesto de sociedades en Andorra?
El impuesto de sociedades grava los beneficios netos de las empresas residentes fiscales en el Principado. Es clave para la sostenibilidad económica y para garantizar la competitividad empresarial.
Está regulado por la Ley 95/2010, con modificaciones que adaptan las condiciones según el mercado y las necesidades de los contribuyentes. Andorra destaca por su simplicidad y seguridad jurídica, lo que la hace atractiva para emprendedores locales e internacionales.
¿Cuál es el tipo impositivo aplicable?
El tipo general es del 10% sobre los beneficios netos, con posibilidad de reducir la cuota efectiva:
- Cuota efectiva mínima del 2% para empresas con inversión especial o actividad internacional.
- Exenciones temporales para sociedades de nueva creación.
- Beneficios por innovación e I+D, que permiten deducir gastos de desarrollo tecnológico.
“Con un tipo general del 10% y reducciones hasta el 2%, Andorra es uno de los entornos fiscales más competitivos de Europa para hacer crecer tu empresa.”
Ejemplo práctico:
Una empresa con un beneficio neto de 100.000 € tendría un impuesto de 10.000 €. Aplicando deducciones, la cuota podría bajar hasta 2.000 €, aumentando la liquidez para invertir en crecimiento.
¿Quién debe pagar el impuesto de sociedades?
- Sociedades residentes (SL, SA, cooperativas, etc.) con actividad económica en Andorra.
- Establecimientos permanentes de sociedades extranjeras en el Principado.
Las empresas con actividades en el extranjero deben tener en cuenta la residencia fiscal y los convenios internacionales para evitar la doble imposición. Para ello, puedes consultar nuestro servicio de asesoría fiscal.
¿Cuándo y cómo se presenta?
- Ejercicio fiscal: año natural (1 de enero – 31 de diciembre).
- Pago fraccionado: 50% de la cuota del año anterior en septiembre.
- Declaración y liquidación final: entre el 1 y el 30 de septiembre del año siguiente.
Para simplificar el proceso, nuestro servicio de gestión administrativa acompaña toda la tramitación.



Ventajas de tributar en Andorra
- Tipo impositivo competitivo y claro.
- Estabilidad y seguridad jurídica con leyes modernas.
- Convenios de doble imposición con España, Francia y Portugal.
- Gestión administrativa sencilla y eficaz.
- Calidad de vida y costes operativos reducidos, facilitando la fidelización de talento.
Estrategias legales para reducir la carga fiscal
- Reinversión de beneficios en I+D o expansión empresarial.
- Bonificaciones sectoriales según la actividad.
- Planificación de dividendos y salarios según la normativa.
Cobertura internacional y convenios
- Convenios con España, Francia y Portugal evitan la doble imposición.
- Permite sumar periodos fiscales en diferentes países y evitar duplicación de impuestos.
- Facilita operaciones de negocios transfronterizos.
Conclusiones
El impuesto de sociedades en Andorra es una herramienta fiscal competitiva con un tipo general del 10% y deducciones que pueden reducirlo hasta el 2%. La combinación de seguridad jurídica, ventajas fiscales y convenios internacionales hace que Andorra sea ideal para establecer y hacer crecer una empresa. Para constitución, gestión contable y planificación fiscal, en Bon Consell te acompañamos en todo el proceso.





