Residencias pasivas
“Las residencias pasivas requieren una inversión mínima de 600.000 €, reducida a 400.000 € si se destina al Fondo de Vivienda de Andorra.”
- Bienes inmuebles situados en el territorio andorrano.
- Participaciones en sociedades establecidas en el país.
- Instrumentos de deuda emitidos por entidades o por la Administración pública andorrana.
- Productos financieros o seguros contratados con entidades locales.
- Depósitos no remunerados en la Autoridad Financiera Andorrana (AFA).
Ahora bien, la inversión se reduce a 400.000 € cuando se destina al Fondo de Vivienda de Andorra, un mecanismo público-privado para promover viviendas sociales a precios asequibles.
Si la inversión es en inmuebles, se deberá destinar al menos 400.000 € por unidad adquirida, para evitar la compra especulativa de pisos pequeños.
A estos importes hay que añadir:
- 47.500 € de depósito obligatorio en la AFA para el titular.
- 9.500 € adicionales por cada persona a cargo.
- Tasas administrativas: 2.500 € por solicitante principal y 500 € por reagrupado.
Residencias activas
En cuanto a la residencia activa, los principales cambios son:
- Incremento del depósito en la AFA de 15.000 € a 50.000 €.
- Aumento del porcentaje mínimo de participación en sociedades andorranas, que deberá superar el actual 20%.
- Rechazo de renovaciones en casos de empresas sin actividad o cuando el residente no cumpla los 183 días de residencia efectiva al año.
- Posibilidad de exención del depósito en la AFA para proyectos vinculados a la innovación, la economía digital y el emprendimiento.
“No se renovarán permisos si la empresa no tiene actividad o si el residente no cumple los 183 días de residencia efectiva.”
Además, se aprobó la modificación de la Ley de Inversión Extranjera, que permite ampliar las inversiones sin autorización administrativa previa a ciudadanos y residentes de países con convenio de doble imposición o de colaboración económica con Andorra, como es el caso de España o Francia.



Nuevo impuesto sobre la inversión inmobiliaria extranjera
Desde febrero de 2024 está vigente un nuevo impuesto que grava la compra de bienes inmuebles en Andorra por parte de:
- Personas físicas no residentes.
- Personas físicas residentes desde hace menos de tres años.
- Sociedades extranjeras.
- Sociedades andorranas con más del 50% de capital extranjero.
El impuesto oscila entre el 3% y el 10%, en función del número de inmuebles adquiridos:
- 3% por la primera compra.
- 5% de la segunda a la quinta.
- 8% de la sexta a la novena.
- 10% a partir de la décima.
Hay excepciones y particularidades que conviene analizar según el caso.





